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lunes, 20 de julio de 2026

Funcionamiento y marco normativo del Mercado de Valores

 Estructura, Cambios y Perspectivas

 1. Introducción y Contexto

El mercado de valores constituye el núcleo del sistema de financiamiento empresarial y de asignación eficiente de recursos en una economía. En Paraguay, este segmento ha transitado una profunda transformación institucional y legal en el último trienio, pasando de un esquema de regulación fragmentada a un modelo unificado y alineado con estándares internacionales, con la reciente promulgación de la Ley N° 7.572/2025, del Mercado de Valores y Productos, que deroga y sustituye a los cuerpos normativos anteriores, entre ellos la Ley N° 5.810/2017 y la Ley N° 1.284/1998.

Este artículo analiza la estructura funcional, los participantes, el régimen de supervisión y las novedades más relevantes del marco jurídico vigente, con énfasis en las implicaciones para emisores, intermediarios e inversionistas.

 2. Estructura y Funcionamiento del Mercado

 2.1 Definición y Segmentación

Conforme al Artículo 2° de la Ley N° 7.572/2025, el ámbito de aplicación comprende la emisión, oferta pública, negociación, intermediación, administración y asesoría sobre valores y productos de inversión, así como sobre instrumentos financieros derivados, fondos patrimoniales de inversión y patrimonios autónomos de oferta pública.

Se distinguen dos segmentos operativos:

- Mercado Primario: Espacio de colocación de emisiones nuevas por parte de los emisores ante el público inversionista, donde los recursos se transfieren directamente a aquéllos. Toda oferta pública requiere inscripción previa en el Registro Público del Mercado de Valores y Productos, bajo responsabilidad de la Superintendencia de Valores.

- Mercado Secundario: Plataforma de transmisión de propiedad de valores ya emitidos, sin que las operaciones generen entrada de fondos al emisor. Su función principal es proveer liquidez, determinación de precios y continuidad de mercado. La negociación se realiza predominantemente a través de la Bolsa de Valores y Productos de Asunción S.A. (BVPASA), entidad de objeto exclusivo y naturaleza privada.

 2.2 Participantes del Ecosistema

| Rol | Entidad / Función |

|---|---|

| Regulador y Supervisor | Banco Central del Paraguay (BCP), como autoridad de aplicación; la Superintendencia de Valores (SIV) actúa como órgano técnico con autonomía funcional y administrativa, integrada al BCP desde la Ley N° 7.162/2023 |

| Bolsa | BVPASA: infraestructura de concentración de órdenes, sistema electrónico de negociación y difusión de información de mercado |

| Intermediarios | Casas de Bolsa: personas jurídicas autorizadas para operar por cuenta propia o de terceros; figuras especializadas incluyen hacedores de mercado y acceso directo al mercado (ADM) |

| Emisores | Sociedades anónimas, entidades financieras y el Estado paraguayo que colocan valores en oferta pública |

| Inversionistas | Individuales e institucionales: fondos de pensiones, aseguradoras, entidades mutuales, fondos de inversión |

| Entidades de Apoyo | Caja de Valores del Paraguay (CAVAPY): depósito central, custodia y liquidación; sociedades calificadoras de riesgo; cámaras de compensación; sociedades securitizadoras |

 2.3 Ciclo de Negociación, Liquidación y Custodia

La operativa bursátil paraguaya se rige por el principio de desmaterialización: los valores se representan mediante anotaciones en cuenta en CAVAPY, sin circulación de títulos físicos. El proceso comprende:

1. Ejecución: las órdenes ingresan al sistema electrónico de la BVPASA a través de las casas de bolsa; el Reglamento General vigente contempla la figura de hacedor de mercado, obligado a cotizar precios de compra y venta de forma continua para determinados instrumentos.

2. Liquidación: transferencia de valores y efectivo, bajo estándares de entrega contra pago, gestionada por la caja de valores.

3. Registro: toda operación que implique cambio de titularidad queda inscrita en el registro llevado por la entidad depositaria.

 3. Marco Normativo Vigente

 3.1 Evolución y Normas Fundamentales

El ordenamiento jurídico actual se sustenta en tres pilares recientes:

1. Ley N° 7.572/2025 — Mercado de Valores y Productos (promulgada 7 de noviembre de 2025): cuerpo único que unifica la regulación de valores, bolsas de productos, fondos de inversión, calificadoras de riesgo, securitización y derivados. Establece como objetivos explícitos la protección del inversionista, la integridad y transparencia del mercado y la reducción del riesgo sistémico.

2. Ley N° 7.162/2023: transformó la antigua Comisión Nacional de Valores (CNV) en la Superintendencia de Valores, integrada al BCP con autonomía funcional.

3. Reglamento General del Mercado de Valores (Resolución CG N° 36/2023 y modificatorias): desarrolla disposiciones sobre requisitos de inscripción, gobierno de bolsas, funcionamiento de casas de bolsa, información periódica de emisores y operativa de mercado.

 3.2 Aspectos Innovadores de la Ley N° 7.572/2025

- Alcance ampliado: incorpora expresamente instrumentos emitidos o transferidos mediante tecnologías de registro distribuido (DLT), abriendo el marco a activos digitales regulados.

- Supervisión integrada: el BCP define políticas y aprueba reglamentos generales; la SIV ejecuta la vigilancia, inspección y aplicación de sanciones.

- Régimen de información reforzado: obligaciones de divulgación continua, gobierno corporativo y trato equitativo a accionistas minoritarios.

- Nuevas figuras: asesores de inversión, operadores bursátiles, cámaras compensadoras y fondos de oferta privada pasan a sujetarse a requisitos prudenciales homogéneos.

 3.3 Requisitos de Oferta Pública e Inscripción

Ningún valor puede ofrecerse al público sin previa inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores y Productos, que es de acceso público y da fe de su contenido. Los requisitos esenciales comprenden:

- Calificación de riesgo vigente emitida por entidad autorizada;

- Estados financieros auditados y compromiso de presentación periódica;

- Memorándum de información con datos esenciales del emisor y características de la emisión;

- Cumplimiento de normas de gobierno corporativo y representación de obligacionistas.

 3.4 Régimen de Control y Sanciones

La SIV posee facultades de inspección, auditoría, requerimiento de información y aplicación de medidas correctivas y sancionadoras —amonestaciones, multas, suspensión o revocación de autorización— proporcionales a la gravedad de la infracción. Las decisiones pueden impugnarse ante el Directorio del BCP en instancia administrativa final.

 4. Desafíos y Perspectivas

A pesar de los avances normativos, el mercado paraguayo exhibe características propias de etapas de desarrollo: predominio del mercado primario sobre el secundario, concentración en instrumentos de renta fija —bonos corporativos y del sector público— y menor liquidez en renta variable. La reforma de 2025 busca profundizar la diversificación de instrumentos, atraer emisores de sectores productivos y facilitar la participación de inversionistas no residentes, con un régimen que armoniza reglas de transparencia y gestión de riesgos.

La consolidación institucional bajo la égida del BCP y la SIV, junto con la disponibilidad del Portal de Datos del Mercado de Valores y Productos, representan avances clave hacia un mercado más profundo, líquido y confiable.

Fuentes consultadas:

- Banco Central del Paraguay — Ley N° 7.572/2025, Mercado de Valores y Productos, y normativa institucional

- Biblioteca y Archivo del Congreso Nacional — Ley N° 7.572/2025

- Bolsa de Valores y Productos de Asunción (BVPASA) — estructura y funcionamiento del mercado.


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